¿ARBITRAJE O JUZGADO?
Unos 30.500 clientes de las antiguas cajas gallegas solicitaron
someterse al sistema de arbitraje instaurado en mayo por la Xunta, a
través del Instituto Galego de Consumo, para tratar de recuperar sus
ahorros, retenidos en productos financieros de alto riesgo como
participaciones preferentes o subordinadas. De momento, solo unos
11.000 afectados lograron recuperar el 100% de su dinero por esta vía.
El resto sigue a la espera de una cita para un arbitraje que, una
vez aceptado, cierra la puerta a acudir a los tribunales.
“Es la fórmula más ágil, gratuita y con el mismo valor que una
sentencia judicial”, Gobierno gallego.
Pero es muy lenta. La Justicia, resultó ser la vía más rápida para
el vecino de Fisterra y la menor de Camariñas que acudieron a los
juzgados de Corcubión mientras esperaban poder someterse a un arbitraje.
Antes de que los llamasen, llegaron las sentencias favorables a sus
demandas civiles particulares, presentadas hace cinco y dos meses y medio.
“Vicio de error en el consentimiento”. Es lo que lleva a los jueces
de Primera Instancia e Instrucción número 1 y 2 de Corcubión a declarar
nulos dos contratos de participaciones preferentes suscritos con Caixa
Galicia, ahora Novagalicia Banco. Y condenan a la entidad a restituir a
los afectados la totalidad del dinero invertido, más los intereses de
demora desde que presentaron sus demandas, un 4% en la actualidad. Estas
dos nuevas sentencias, las primeras contra la antigua caja de A Coruña
por su comercialización de productos financieros de alto riesgo, se
suman a la emitida el pasado verano por una juez de Cambados sobre
participaciones preferentes compradas en Caixanova.
Ya van así tres fallos de otros tantos jueces sobre demandas
individuales contra las antiguas cajas gallegas y con idénticos
resultados a favor de los perjudicados. Unas resoluciones que asientan
la vía judicial como una salida.
Cada caso es distinto. En uno, es un vecino de Fisterra que, según
considera probado el juez del número 2 de Corcubión, decidió en 2009
invertir más de 100.000 euros “con el absoluto convencimiento de que se
trataba de un deposito a plazo fijo de cinco años”, tras los cuales
“podría retirar libremente tal cantidad como se lo había informado el
director de la sucursal”, en el que el cliente tenía “plena confianza”.
En el otro caso, la cuenta de ahorros, con menos de 6.000 euros, es de
una menor de Camariñas cuya madre, en su nombre, también decide
suscribir preferentes “pensando que estaba contratando un depósito a
plazo fijo”.
El error que vició el consentimiento fue debido “a la conducta
desplegada por la entidad bancaria que incumplió sus obligaciones de
información, asesoramiento y evaluación del cliente”.
Lo que parece que
también va a tardar bastante en resolverse es el recurso de la Fiscalía
Superior de Galicia contra la decisión de un juez de tumbar su demanda
colectiva. Y en caso de prosperar, cada afectado deberá igualmente
reclamar ante un juez y de forma individual que se le aplique a su
contrato.
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