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martes, 2 de abril de 2013

Responsabilidad de la Administración de Justicia

 
Ley Orgánica del Poder Judicial. Artículos 292 y 294.

Establece la responsabilidad del Estado por:

1.- Funcionamiento anormal de la Justicia.
En la mayoría de los supuestos se concreta en un retraso indebido en la finalización del procedimiento. Estos retrasos provocan, normalmente, que la sentencia o resolución judicial carezca de eficacia.

2.- Error manifiesto de una decisión judicial.
Se necesita previamente que sea un tribunal superior el que declare la existencia de dicho error.

3.- Haber sufrido prisión preventiva y acreditarse posteriormente que no existió el hecho del que se le acusaba.

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